Sociedad constituida en España: el trámite ha terminado, la operación no ha empezado
Constituir una sociedad en España es un hito jurídico: notario, Registro Mercantil, alta fiscal y cuenta bancaria. Es necesario y tiene un final claro. Lo que viene después, no.
Al día siguiente, la filial existe sobre el papel. El director general del grupo la supervisa desde la sede, a varias horas de distancia. El asesor fiscal presenta las declaraciones. El despacho responde a las consultas. El primer comercial, si ya está contratado, espera instrucciones. Cada uno hace bien su parte. Nadie es dueño del conjunto.
Por qué sale cara una filial en España sin responsable sénior
El coste no aparece en ninguna factura. Aparece en el calendario.
- Las decisiones esperan una firma que está en otro país.
- Las primeras contrataciones se hacen antes de tener un plan comercial que las justifique.
- Las conversaciones con los primeros clientes y socios se abren y nadie las sigue.
- Los asesores trabajan en paralelo, sin nadie que los coordine.
- El consejo se entera de los problemas cuando ya son caros.
No es un fallo de los asesores. El notario, el gestor y el despacho son imprescindibles para los trámites, pero no deciden la secuencia comercial ni responden de ella. Esa responsabilidad es de la dirección, y en los primeros meses tiene que estar en el mercado.
Tres decisiones que no se delegan
Antes de hablar de personas, conviene cerrar tres decisiones de liderazgo. Son las que un recién llegado a España no se puede permitir tomar mal.
1. Qué tiene que ser verdad dentro de 90 días. No un plan a cinco años, sino lo concreto: qué clientes, qué socios, qué equipo mínimo y qué queda fuera del alcance. Sin eso, todo parece urgente.
2. Quién responde en el mercado, y con qué mandato. Una persona, no un comité. Con capacidad para decidir dentro de unos límites claros y con la obligación de rendir cuentas.
3. Cómo se informa al consejo. Una línea de reporte sencilla, con una cadencia fija, para que la sede decida con datos del mercado y no con impresiones.
El orden importa. Contratar antes de cerrar la primera decisión suele obligar a rehacer el equipo meses después.
Tres caminos: dirigirla desde la sede, contratar un country manager o un directivo interino
Dirigirla desde la sede. Puede funcionar cuando la operación ya existe y tiene equipo propio. Para arrancarla, la distancia y el calendario suelen jugar en contra.
Contratar ya un country manager permanente. Es el destino natural. El riesgo es hacerlo con prisa, antes de saber qué perfil necesita la filial. Encontrar a la persona adecuada lleva su tiempo, y la filial no puede quedarse parada mientras usted busca.
Un directivo sénior interino, con un mandato acotado. Una persona sénior en el mercado, responsable del arranque y que reporta a su consejo, hasta que llega el responsable permanente que usted elija. Parte del trabajo es preparar el traspaso: decisiones documentadas, un primer equipo en marcha y relaciones ya abiertas.
Ninguno de los tres es el adecuado en abstracto. La pregunta útil es qué necesita su filial en los próximos 90 días y quién va a responder de ello.
Qué hacer
- Escriba en una página qué tiene que ser verdad en España dentro de 90 días, y qué queda fuera del alcance.
- Nombre a una sola persona responsable del arranque en el mercado, con su mandato por escrito.
- Acuerde con el consejo una línea de reporte y una cadencia antes de la primera contratación.
- Pida a sus asesores jurídicos y fiscales el calendario de lo que queda pendiente, y que alguien en el mercado lo siga.
- Si el responsable permanente aún no está, valore un mandato interino con una fecha de traspaso definida.